Se informa que, a partir del lunes 7 de septiembre, entra en vigencia la Disposición 3025/2020 de la Dirección Nacional de Migraciones, cuyo texto podrá consultarse en este enlace:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalle…/…/234495/20200903
Todas aquellas personas que vayan a ingresar a la Argentina deberán completar una Declaración Jurada Electrónica para el Ingreso al Territorio Nacional. Se informa que se trata de un requisito migratorio de cumplimiento obligatorio para el ingreso a nuestro país, y que será exigible por parte de las compañías de transporte de manera previa al embarque.
- Si viajás en avión la DDJJ debe ser llenada dentro de las 48hs previas al viaje.
- Si viajás por medios terrestres o marítimos la podés llenar la DJJJ al momento de cruzar la frontera.
- En los casos de las personas menores de edad o de las personas con capacidades diferentes que no puedan completar los datos por sí mismas, serán padre, madre o responsable quienes deberán realizarlo en representación de ellos.
- Las personas mayores de 70 años de edad pueden completar la DDJJ en forma electrónica, aunque quedan exceptuadas de la obligatoriedad de realizarlo de esa manera y podrán hacerlo alternativamente al momento del ingreso en Ezeiza. + http://ddjj.migraciones.gob.ar/app/